EFICIENCIA ENERGÉTICA Y MEDIO AMBIENTE

DIRECTIVA 2012/27/UE relativa a la eficiencia energética

BOE: https://www.boe.es/doue/2012/315/L00001-00056.pdf

La Directiva establece un marco común de medidas para el fomento de la eficiencia energética de la Unión para asegurar el objetivo del 20% de ahorro para el 2020.

La Directiva adelanta medidas jurídicamente vinculantes para intensificar los esfuerzos de los Estados miembros de utilizar la energía de manera más eficiente en todas las etapas de la cadena energética – de la transformación de la energía y su distribución hasta su consumo final. Las medidas incluyen la obligación legal de establecer obligaciones de eficiencia energética acciones o medidas de política en todos los Estados miembros. Estos impulsan mejoras de eficiencia energética en los hogares, las industrias y el transporte. Otras medidas incluyen un papel ejemplar que debe desempeñar el sector público y un derecho de los consumidores a saber la cantidad de energía que consumen.

La Directiva de Eficiencia Energética es parte de la política de actualización de la Unión Europea para la reducción de 20/20/20 de gases de efecto invernadero, la promoción de las energías renovables y los biocombustibles, y la mejora de la eficiencia energética hasta el 2020.

Algunas de las medidas propuestas en el documento están relacionadas con los nuevos requisitos para las empresas de energía – para reducir las ventas de energía en un 1,5% cada año entre sus clientes a través de la mejora de los sistemas de calefacción, instalación de ventanas de doble acristalamiento o techos aislantes. El sector público debe garantizar la renovación del 3% de los edificios que posee u ocupa después de julio de 2015. Además, cada Estado miembro debe preparar una hoja de ruta para hacer que los edificios comerciales, edificios públicos y los residenciales sean más eficientes energéticamente en 2050. Además, los planes de auditorías energéticas y la gestión son necesarios para las grandes empresas.

Programa de ayudas para la rehabilitación energética de edificios existentes del sector residencial (uso vivienda y hotelero)

BOE: https://www.boe.es/boe/dias/2015/05/05/pdfs/BOE-A-2015-4993.pdf

Programa de ayudas PYME y gran empresa sector industrial

Este Programa de ayudas está dirigido a la Pequeña y Mediana Empresa (PYME) y grandes empresas del sector industrial para la realización de actuaciones de mejora de eficiencia energética e implementación de sistemas de gestión energética.

Con este Programa de ayudas se facilitará la implantación de las medidas de ahorro y eficiencia energética detectadas por el industrial o propuestas por las auditorías energéticas para reducir el consumo de energía en los procesos industriales. De esta forma se refuerza y da continuidad a la obligación que impone a las grandes empresas el artículo 8 de la Directiva 2012/27/UE, de realizar una auditoría energética antes del 5 de diciembre de 2015 y, como mínimo, cada cuatro años a partir de la fecha de su realización. En este mismo artículo se señala que las empresas que tengan implantado un sistema de gestión energética, certificado por un organismo independiente con arreglo a las normas europeas o internacionales, quedarán eximidas de la obligación de realizar una auditoría energética periódicamente, siempre y cuando el sistema incluya una auditoría energética realizada conforme a los criterios basados en el anexo VI de esa directiva.

Este Programa está dotado inicialmente de un presupuesto máximo que asciende a la cantidad total de 49.016.421 €, con origen en el Fondo Nacional de Eficiencia Energética, creado por la-ley 18/2014, del 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

Las ayudas otorgadas al amparo del Programa, se instrumentarán bajo la modalidad de entrega dineraria sin contraprestación, con una cuantía máxima del 30 % de la inversión elegible correspondiente y un importe máximo de inversión elegible por solicitud de 4.000.000 €. Las medidas y/o actuaciones que pudieran realizarse objeto de la ayuda se deben encuadrar en una o varias de las siguientes tipologías:

  • Medida 1: Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales, para actuaciones con una inversión elegible mínima de 75.000 €
  • Medida 2: Implantación de sistemas de gestión energética, para actuaciones con una inversión elegible mínima de 30.000 €

Estas ayudas serán compatibles, con  las establecidas por la Orden IET/273/2015, de 13 de febrero, por la que se convoca la concesión de apoyo financiero a la inversión industrial en el marco de la política pública de fomento a la competitividad industrial  en el año 2015 (Programas de ayudas de reindustrialización y fomento de la competitividad industrial)

El plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria será del 6 de mayo de 2015 al 5 de mayo de 2016, siempre y cuando no se haya agotado el presupuesto disponible.

Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y en gran empresa industrial

BOE: https://www.boe.es/boe/dias/2015/05/05/pdfs/BOE-A-2015-4991.pdf

Programa de ayudas PYME y gran empresa sector industrial

Este Programa de ayudas está dirigido a la Pequeña y Mediana Empresa (PYME) y grandes empresas del sector industrial para la realización de actuaciones de mejora de eficiencia energética e implementación de sistemas de gestión energética.

Con este Programa de ayudas se facilitará la implantación de las medidas de ahorro y eficiencia energética detectadas por el industrial o propuestas por las auditorías energéticas para reducir el consumo de energía en los procesos industriales. De esta forma se refuerza y da continuidad a la obligación que impone a las grandes empresas el artículo 8 de la Directiva 2012/27/UE, de realizar una auditoría energética antes del 5 de diciembre de 2015 y, como mínimo, cada cuatro años a partir de la fecha de su realización. En este mismo artículo se señala que las empresas que tengan implantado un sistema de gestión energética, certificado por un organismo independiente con arreglo a las normas europeas o internacionales, quedarán eximidas de la obligación de realizar una auditoría energética periódicamente, siempre y cuando el sistema incluya una auditoría energética realizada conforme a los criterios basados en el anexo VI de esa directiva.

Este Programa está dotado inicialmente de un presupuesto máximo que asciende a la cantidad total de 49.016.421 €, con origen en el Fondo Nacional de Eficiencia Energética, creado por la-ley 18/2014, del 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

Las ayudas otorgadas al amparo del Programa, se instrumentarán bajo la modalidad de entrega dineraria sin contraprestación, con una cuantía máxima del 30 % de la inversión elegible correspondiente y un importe máximo de inversión elegible por solicitud de 4.000.000 €. Las medidas y/o actuaciones que pudieran realizarse objeto de la ayuda se deben encuadrar en una o varias de las siguientes tipologías:

  • Medida 1: Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales, para actuaciones con una inversión elegible mínima de 75.000 €
  • Medida 2: Implantación de sistemas de gestión energética, para actuaciones con una inversión elegible mínima de 30.000 €

Estas ayudas serán compatibles, con  las establecidas por la Orden IET/273/2015, de 13 de febrero, por la que se convoca la concesión de apoyo financiero a la inversión industrial en el marco de la política pública de fomento a la competitividad industrial  en el año 2015 (Programas de ayudas de reindustrialización y fomento de la competitividad industrial)

El plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria será del 6 de mayo de 2015 al 5 de mayo de 2016, siempre y cuando no se haya agotado el presupuesto disponible.